Cada 6 meses debiendo presentarse personalmente con DNI en los meses de Abril y Octubre de cada año.
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En el caso de los jubilados Art 59 y los beneficios que perciban el Art 37-Subsidio por Unica Prestacion deberán, además, traer el certificado negativo de ANSES.
Los pensionados hijos, a partir de los 18 años, deberán, además, acompañar certificado de estudios, de ser alumno regular a la fecha, en institución oficial.
Ejercicio nro. 50. - 2015/2016: $2,80
El pago se realiza en 4 cuotas desde setiembre a diciembre de cada año (art.38 inc.6)
Durante el tramite los solicitantes deben mantenerse al día en el pago de los aportes que se devenguen.
El otorgamiento de subsidios, estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, según lo establecido en la ley 5059.
Cálculo del Aporte Adicional Anual: Aporte Mínimo – saldo a favor del ejercicio anterior – aportes en juicios = Aporte Adicional o saldo a favor para el ejercicio sgte. (Art.16)
- Aporte Minimo: sumatoria de los AME devengados correspondientes a los meses de mayo a abril
- Saldo a favor: de aportes en juicio del ejercicio anterior, hasta el límite del Aporte Mínimo de ese año
- Aportes en Juicio: los depositados del 01/05 al 30/04
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