JUBILACIONES

– 01. Jubilación Ordinaria

. Acompañamos a nuestros afiliados en el tránsito del ejercicio activo a una nueva etapa de sus vidas.

Requisitos

. Ser afiliado activo al momento de la solicitud.

. Tener 65 años de edad.

 . Tener 30 años de aportes.

. Tener cancelada la matrícula profesional.

. No Tener deuda previsional.

En caso de no reunir los requisitos:

. Se puede compensar 1 año de aporte por cada 2 años de edad excedente.

. Se puede compensar 1 año de edad por cada 2 años de aportes excedente.

 . Se computa como año completo las fracciones mayores a 6 meses – Art.50, Ley 5059.

Monto

El monto de las jubilaciones ordinarias estará integrado por los siguientes rubros – art.34:

. Suma Fija Mensual:

El monto será el que corresponde a la categoría “D” de la escala del art. 35.

. Adicional Excedente:

Participación del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional.

 Art. 37:

 . Subsidio Única Prestación:

Consiste en un incremento de los beneficios de aquellos jubilados y pensionados que tengan como única prestación la de esta caja.

Se abonan dependiendo de la existencia excedente en cada ejercicio y conforme a lo establezca el Directorio

El monto se fija en cada Asamblea Anual.  A la fecha el monto que se abona es de:

– Jubilados: $ 15.000,00.-

– Pensionados: $ 11.250,00.

Compatibilidades

El beneficio es compatible con cualquier otro beneficio previsional.

El subsidio por única prestación, art.37, es compatible con cualquier otro beneficio previsional del cual no sea el causante.

Incompatibilidades

El otorgamiento de jubilación ordinaria apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con el ejercicio profesional, salvo en causa propia, sea por sí o por interpósita persona, tanto en lo que hace a la actuación en litigo como de asesoramiento, bajo apercibimiento de PÉRDIDA DEFINITIVA DE LA JUBILACIÓN.

El subsidio por única prestación, art.37, es incompatible con cualquier otro beneficio previsional del cual sea el causante.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Cancelación Matrícula Provincial.

Posterior al cumplimiento de los requisitos de edad (65) y servicios (30) requeridos.-

  1. Cancelación Matrícula Federal.

CAMARA FEDERAL DE APELACIONES: Av. España 483, 1er. Piso / VÍA MAIL: superintendencia@pjm.gov.ar

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación de deuda exigible.

  1. Certificado negativo de ANSES.

https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx

  1. Declaración Jurada descuentos.

Descuentos ADI – RAM –

  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.

Copia de Credencial o bono con el descuento

  1. Declaración Jurada para el cobro del subsidio por única prestación – Art.37

El Beneficiario deberá dar aviso apenas se “inicie” los trámites para otro beneficio previsional.-

  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias

Web AFIP – CUIT Caja Forense: 30-99921051/8

ó Nota con pedido de presentación del formulario 572.

Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.

  1. Constancia certificada de CBU – Caja de Ahorro en pesos.

Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-

– 02. Jubilación por Invalidez

. Acompañamos a nuestros afiliados que se incapaciten física o intelectualmente para ejercer su profesión otorgándoles el beneficio jubilatorio anticipado.-

Requisitos

Ser afiliado activo al momento de la solicitud.

 . Grado de incapacidad mayor del 60%

. Dictamen de la junta médica del ministerio de bienestar social.

. Dictamen del asesor medico de la caja o el que el directorio asigne.

. No Tener deuda previsional.

Monto

. Suma Fija Mensual:

El monto será el que corresponde a la categoría, de la escala del art. 35, siempre y cuando tenga una antigüedad en ella no inferior a 3 años, caso contrario, se le liquidará de acuerdo a la categoría inmediata anterior.-

. Excedente Art. 36:

Participación del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional.

 . Subsidio Única Prestación – Art. 37:

Consiste en un incremento de los beneficios de aquellos jubilados y pensionados que tengan como única prestación la de esta caja.

Se abonan dependiendo de la existencia excedente en cada ejercicio y conforme a lo establezca el Directorio

Se fija en cada Asamblea Anual.  A la fecha el monto que se abona es de:

– Jubilados: $ 15.000,00.-

– Pensionados: $ 11.250,00.-

Compatibilidades

El beneficio es compatible con cualquier otro beneficio previsional.

El subsidio por única prestación, art.37, es compatible con cualquier otro beneficio previsional del cual no sea el causante.

Incompatibilidades

El otorgamiento de jubilación por invalidez apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con el ejercicio profesional, salvo en causa propia, sea por sí o por interpósita persona, tanto en lo que hace a la actuación en litigo como de asesoramiento, bajo apercibimiento de PÉRDIDA DEFINITIVA DE LA JUBILACIÓN.

El subsidio por única prestación, art.37, es incompatible con cualquier otro beneficio previsional del cual sea el causante.

“El beneficio tiene carácter provisorio, pudiendo dejarse sin efecto en caso de desaparición o aminoración de los motivos incapacitantes, debidamente comprobados por el Médico Auditor de la Caja.”

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Historia Clínica.

Formulario emitido por el médico de cabecera con grado de incapacidad.-

  1. Antecedentes médicos.

RX, TAC, ECG, etc.-

  1. Dictamen de la junta médica del Ministerio de bienestar social.

Sede C.O.N.I.

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Cancelación Matrícula Provincial.

Posterior al cumplimiento de los requisitos de edad (65) y servicios (30) requeridos.-

  1. Cancelación Matrícula Federal.

CAMARA FEDERAL DE APELACIONES: Av. España 483, 1er. Piso / VÍA MAIL: superintendencia@pjm.gov.ar

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación de deuda exigible.

  1. Certificado negativo, o no, de ANSES.

https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx

  1. Declaración Jurada descuentos.

Descuentos ADI – RAM –

  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.

Copia de Credencial o bono con el descuento

  1. Declaración Jurada para el cobro del subsidio por única prestación – Art.37

El Beneficiario deberá dar aviso apenas se “inicie” los trámites para otro beneficio previsional.-

  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias

Web AFIP – CUIT Caja Forense: 30-99921051/8

ó Nota con pedido de presentación del formulario 572.

Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.

  1. Constancia certificada de CBU – Caja de Ahorro en pesos.

Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-

– 03. Beneficio extraordinario – Art. 59 –

. Acompañamos a nuestros afiliados en la transición de su última etapa de ejercicio profesional hasta la obtención del beneficio previsional.

En qué consiste

El afiliado que se encuentre en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria, podrá percibir el mismo haber que un jubilado, conservando su calidad de afiliado activo ante el sistema.

Por ende, deberá continuar realizando los aportes al sistema: aporte mensual, y mínimo de  aportes en juicio (con el devengamiento del aporte adicional si correspondiere)

Este beneficio es esencialmente precario y, por tanto, se encuentra sujeto, tanto en su vigencia como en su entidad, a las posibilidades económicas del sistema, estando facultado el H. Directorio para decidir periódicamente su prorroga.

Respecto a la cuanta de puntos, según reglamentación actual, los beneficiarios pueden optar por:

. Mantener abierta:

Continúan ingresando todos los aportes a su cuenta personal y generando puntaje. Por lo tanto, no participan de la distribución del excedente operativo correspondiente a cada ejercicio.-

. Cierre de cuenta:

No continúan ingresando los aportes a su cuenta personal, por lo tanto tampoco acrecentrá el puntaje.

Participan de la distribución anual del excedente art. 36 en proporción al puntaje acumulado en cada ejercicio.

Requisitos

. Ser afiliado activo al momento de la solicitud.

. Tener 65 años de edad.

. Tener 30 años de aportes.

. No Tener deuda previsional exigible al momento de la solicitud.

. Continuar abonando los aportes, exigibles, en termino hasta el otorgamiento del beneficio.

* SIN cancelación de matrícula profesional.

En caso de no reunir los requisitos:

. Se puede compensar 1 año de aporte por cada 2 años de edad excedente.

. Se puede compensar 1 año de edad por cada 2 años de aportes excedente.

. Se computa como año completo las fracciones mayores a 6 meses – Art.50, Ley 5059.

Monto

. Suma Fija Mensual:

El monto será el que corresponde a la categoría “D” de la escala del art. 35.

. Adicional Excedente ( Sólo a quienes opten por el cierre de su cuenta de puntos ):

Participación del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional.

Compatibilidades

El beneficio es compatible con el ejercicio de la profesión.

El beneficio es compatible con cualquier otro beneficio previsional, del cuál NO sean causantes.

Incompatibilidades

El otorgamiento de este beneficio extraordinario apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con cualquier beneficio previsional a cargo de cualquier otro organismo de la seguridad social, en el que sea él el causante.

En consecuencia, el otorgamiento del beneficio por la Caja genera el deber de informar, previamente el inicio de cualquier trámite ordenado a la obtención de un beneficio previsional ante otro organismo, bajo apercibimiento de suspensión por hasta tres años en el goce del haber jubilatorio y multa del 50% del monto de la superposición generada desde el pago retroactivo del otro beneficio.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja (Sólo quienes cierran su cuenta de puntos).

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación de deuda exigible al momento de la solicitud, debiendo seguir abonando en termino hasta el otorgamiento del beneficio.

  1. Certificado negativo de ANSES.

https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx

  1. Declaración Jurada descuentos.

Descuentos ADI – RAM –

  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.

Copia de Credencial o bono con el descuento

  1. Declaración Jurada para el cobro del Art.59.

El Beneficiario deberá dar aviso apenas se “inicie” los trámites para otro beneficio previsional.-

  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias

Web AFIP – CUIT Caja Forense: 30-99921051/8

ó Nota con pedido de presentación del formulario 572.

Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.

  1. Constancia certificada de CBU – Caja de Ahorro en pesos.

Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-

– 04. Cierre de la cuenta individual de puntos – Art. 40 –

. Acompañamos a nuestros afiliados en la transición de su última etapa de ejercicio profesional hasta la obtención del beneficio previsional.

En qué consiste

El afiliado que se encuentre en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria, podrá percibir el mismo haber que un jubilado, conservando su calidad de afiliado activo ante el sistema.

Por ende, deberá continuar realizando los aportes al sistema: aporte mensual, y mínimo de  aportes en juicio (con el devengamiento del aporte adicional si correspondiere)

Este beneficio es esencialmente precario y, por tanto, se encuentra sujeto, tanto en su vigencia como en su entidad, a las posibilidades económicas del sistema, estando facultado el H. Directorio para decidir periódicamente su prorroga.

Respecto a la cuanta de puntos, según reglamentación actual, los beneficiarios pueden optar por:

. Mantener abierta:

Continúan ingresando todos los aportes a su cuenta personal y generando puntaje. Por lo tanto, no participan de la distribución del excedente operativo correspondiente a cada ejercicio.-

. Cierre de cuenta:

No continúan ingresando los aportes a su cuenta personal, por lo tanto tampoco acrecentrá el puntaje.

Participan de la distribución anual del excedente art. 36 en proporción al puntaje acumulado en cada ejercicio.

Requisitos

. Ser afiliado activo al momento de la solicitud.

. Tener 65 años de edad.

. Tener 30 años de aportes.

. Continuar abonando los aportes del art.16 hasta el otorgamiento del beneficio.

. No Tener deuda previsional.

* SIN cancelación de matrícula profesional.

En caso de no reunir los requisitos:

. Se puede compensar 1 año de aporte por cada 2 años de edad excedente.

. Se puede compensar 1 año de edad por cada 2 años de aportes excedente.

. Se computa como año completo las fracciones mayores a 6 meses – Art.50, Ley 5059.

Monto

El cobro del monto correspondiente al adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional.

Se liquida en 4 pagos mensuales consecutivos, de setiembre a diciembre de cada año, posterior al cierre del ejercicio.

Compatibilidades

El beneficio es compatible con el ejercicio de la profesión.

El beneficio es compatible con cualquier otro beneficio previsional.

Incompatibilidades

El otorgamiento de este beneficio extraordinario apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA de continuar incrementando su puntaje con posterioridad al otorgamiento del beneficio, salvo que lo declare como iniciado con anterioridad al momento del cierre .

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación de deuda exigible al momento de la solicitud, debiendo seguir abonando en termino hasta el otorgamiento del beneficio.

  1. Declaración Jurada descuentos.

Descuentos ADI – RAM –

  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.

Copia de Credencial o bono con el descuento

  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias

Web AFIP – CUIT Caja Forense: 30-99921051/8

ó Nota con pedido de presentación del formulario 572.

Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.

  1. Constancia certificada de CBU – Caja de Ahorro en pesos.

Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-

– 05. Reconocimiento de servicios

. Acompañamos a nuestros afiliados en el tránsito del ejercicio activo a una nueva etapa de sus vidas

En qué consiste

El afiliado que registre aportes ante este Caja, podrá solicitar el reconocimiento de los servicios prestados ante esta Caja para hacer valer la antigüedad ante otro organismo previsional.

Requisitos

. Registrar aportes previsionales en esta Caja.

. Tener suspendida o cancelada la matrícula profesional.

. No Tener deuda previsional.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación total de deuda previsional del Art.16.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-

– 06. Jubilación por Convenio de Reciprocidad

. Entre el régimen de esta ley y el de las cajas de jubilaciones y pensiones de la provincia, de la nación y de las demás provincias, de acuerdo a las leyes y reglamentaciones respectivas y al tratado de reciprocidad firmado entre la nación y la provincia.-

En qué consiste

El afiliado que registre servicios prestados con aportes ante este Caja y otro organismo, podrá solicitar el otorgamiento del beneficio ante cualquiera de ellas, si registra más de diez años en ambas, en defecto de lo cual deberá solicitarlo ante la que registre más años de servicios.

Si pretende obtener el beneficio acreditando servicios prestados ante otro organismo, deberá acompañar copia auténtica de la resolución de reconocimiento, en cuyo caso esta Caja será la otorgante del beneficio, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en los regímenes legales respectivos, computándose los requisitos a prorrata.

El beneficio jubilatorio proporcional que surja, deriva beneficio de pensión, en el mismo porcentaje que percibía el causante.

Requisitos

. Ser afiliado activo al momento de la solicitud.

. Tener 65 años de edad.

. Sumar 30 años de aportes entre los distintos organismos (no superpuestos).

. Tener cancelada la matrícula profesional.

. No Tener deuda previsional.

En caso de no reunir los requisitos:

En el caso de coincidir los requisitos establecidos en los regímenes legales respectivos:

. Se puede compensar 1 año de aporte por cada 2 años de edad excedente.

. Se puede compensar 1 año de edad por cada 2 años de aportes excedente.

. Se computa como año completo las fracciones mayores a 6 meses – Art.50, Ley 5059.

Monto

En cualquier caso, la Caja –sea otorgante o participante del beneficio- sólo será responsable por el pago del haber teórico que surja del prorrateo correspondiente a los años de servicio prestados ante la misma:

. Suma Fija Mensual proporcional:

El monto será el que corresponde a la categoría “D” de la escala del art. 35, , siempre y cuando tenga una antigüedad en ella no inferior a 3 años, caso contrario, se le liquidará de acuerdo a la categoría inmediata anterior.-

. Adicional Excedente:

Participación del 100% del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional.

 Art. 37:

 . Subsidio Única Prestación proporcional:

Consiste en un incremento de los beneficios de aquellos jubilados y pensionados que tengan como única prestación la de esta caja.

Se abonan dependiendo de la existencia excedente en cada ejercicio y conforme a lo establezca el Directorio

El monto se fija en cada Asamblea Anual.  A la fecha el monto que se abona es de:

– Jubilados: $ 15.000,00.-

– Pensionados: $ 11.250,00.

Compatibilidades

El beneficio es compatible con cualquier otro beneficio previsional.

El subsidio por única prestación, art.37, es compatible con cualquier otro beneficio previsional del cual no sea el causante. ¿¿¿ es en el mismo % que la suma fija???

Incompatibilidades

El otorgamiento de jubilación ordinaria apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con el ejercicio profesional, salvo en causa propia, sea por sí o por interpósita persona, tanto en lo que hace a la actuación en litigo como de asesoramiento, bajo apercibimiento de PÉRDIDA DEFINITIVA DE LA JUBILACIÓN.

El subsidio por única prestación, art.37, es incompatible con cualquier otro beneficio previsional del cual sea el causante.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.

Inicio de trámite.-

  1. Fotocopia del DNI.

Frente y Dorso

  1. Certificado de Afiliación en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.

OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-

  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).

OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.

  1. Cancelación Matrícula Provincial.

Posterior al cumplimiento de los requisitos de edad (65) y servicios (30) requeridos.-

  1. Cancelación Matrícula Federal.

CAMARA FEDERAL DE APELACIONES: Av. España 483, 1er. Piso / VÍA MAIL: superintendencia@pjm.gov.ar

  1. Resolución de Reconocimiento de Servicios.

Copia auténtica del certificado con los servicios reconocidos por otros organismos.

  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.

Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com

  1. Libre deuda.

Cancelación de deuda exigible.

  1. Certificado negativo de ANSES.

https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx

  1. Declaración Jurada descuentos.

Descuentos ADI – RAM –

  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.

Copia de Credencial o bono con el descuento

  1. Declaración Jurada para el cobro del subsidio por única prestación – Art.37

El Beneficiario deberá dar aviso apenas se “inicie” los trámites para otro beneficio previsional.-

  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias

Web AFIP – CUIT Caja Forense: 30-99921051/8

ó Nota con pedido de presentación del formulario 572.

Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.

  1. Constancia certificada de CBU – Caja de Ahorro en pesos.

Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní la documentación – Original y Copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo, a una de nuestras sedes.-

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-