Beneficiarios de
JUBILACIONES
Jubilación Ordinaria
- LEY 5059 – Capitulo III – Título I – Art.21 a 26 – El afiliado que haya ejercido en forma continua o discontinua y notoria su profesión en la provincia de Mendoza tendrá derecho a jubilación en las condiciones que se determinan en este capítulo. Las jubilaciones establecidas son ordinaria y por invalidez.
En la Caja, te brindamos el apoyo que necesitas para tu Jubilación Ordinaria, acompañándote en el tránsito del ejercicio activo a una nueva etapa de tu vida. Sabemos que este paso es fundamental en tu carrera profesional, y estamos aquí para asegurarnos de que esta transición sea lo más satisfactoria posible.
Requisitos
Para acceder a la Jubilación Ordinaria se debe contar con los siguientes requisitos:
- Ser afiliado activo al momento de la solicitud.
- Tener 65 años de edad.
- Contar con 30 años de aportes.
- Haber cancelado la matrícula profesional.
- No tener deuda previsional.
En caso de no reunir los requisitos
Si no cumplís con los requisitos de aportes o edad, tenemos opciones para que aún puedas obtener tu Jubilación:
- Se puede compensar 1 año de aporte con 2 años de edad que se excedan del mínimo (Art. 22).
- Se puede compensar 1 año de edad con 2 años de aporte que se excedan del mínimo (Art. 22).
- Además, al determinar los años de aporte se consideran como año entero a cualquier fracción mayor a 6 meses (Art. 50).
Monto
Art. 34 – El monto de la jubilación ordinaria estará integrado por los siguientes rubros:
- a) Suma Fija Mensual: El monto será el que corresponde a la categoría “D” según la escala del art. 35.
- b) Adicional Excedente – Art. 36: El monto a percibir corresponde a la participación del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional. Se liquida en 4 pagos mensuales consecutivos, de septiembre a diciembre de cada año.-
Art. 37:
. Subsidio Única Prestación: Es un incremento para aquellos jubilados y pensionados que tengan como única prestación previsional la de nuestra Caja.El pago de este subsidio depende de la disponibilidad de excedente al cierre de cada ejercicio y según lo disponga el H. Directorio. A la fecha el monto es de: $ 30.000,00.-
Compatibilidades
La Jubilación Ordinaria es compatible con cualquier otro beneficio previsional, de cualquier otro régimen a nivel provincial, nacional, y entre diversas provincias (Art. 56).
Incompatibilidades
El otorgamiento de jubilación ordinaria apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con el ejercicio profesional, salvo en causa propia, sea por sí o por interpósita persona, tanto en lo que hace a la actuación en litigo como de asesoramiento, bajo apercibimiento de PÉRDIDA DEFINITIVA DE LA JUBILACIÓN.
El subsidio por única prestación, art.37, es incompatible con cualquier otro beneficio previsional.
Documentación
- Formulario de solicitud del beneficio.
Inicio de trámite.-
- Fotocopia del DNI.
Frente y Dorso.-
- Certificado de Inscripción en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.
+ OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-
- Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).
+ OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.-
- Cancelación Matrícula Provincial.
Posterior al cumplimiento de los requisitos de edad (65) y servicios (30) requeridos.-
- Cancelación Matrícula Federal.
+CAMARA FEDERAL DE APELACIONES: Av. España 483, 1er. Piso / VÍA MAIL: superintendencia@pjm.gov.ar
- Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.
Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com
- Libre deuda.
Cancelación de deuda previsional.-
- Certificado negativo de ANSES.
https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx
- Declaración Jurada descuentos.
Descuentos ADI – RAM –
- Declaración Jurada de afiliación a OSEP.
Copia Credencial ó bono con el descuento correspondiente.-
- Declaración Jurada para el cobro del subsidio por única prestación – Art.37
El Beneficiario deberá dar aviso apenas “inicié” el trámite para obtener otro beneficio previsional.-
- Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias
Web AFIP : CUIT Caja Forense: 30-99921051/8 ó Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.-
- Constancia de CBU certificada – Caja de Ahorro en pesos.
Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.
Cómo se realiza el trámite
- Reuní toda la documentación en formato original y copia.-
- Acércate, SIN turno previo!, a una de nuestras sedes.-
Presenta la documentación y deja que nuestro equipo te guíe a lo largo del proceso. Contacto para mayor información:
Teléfono: 261 423-6869 / Mail: mentradas@cfm.org.ar
Quiénes pueden solicitarlo
- El profesional interesado.-
- Representante con poder certificado por escribano.-