Beneficiarios de
JUBILACIONES

Jubilación Ordinaria

  • LEY 5059 – Capitulo III – Título I – Art.21 a 26 – El afiliado que haya ejercido en forma continua o discontinua y notoria su profesión en la provincia de Mendoza tendrá derecho a jubilación en las condiciones que se determinan en este capítulo. Las jubilaciones establecidas son ordinaria y por invalidez.

En la Caja, te brindamos el apoyo que necesitas para tu Jubilación Ordinaria, acompañándote en el tránsito del ejercicio activo a una nueva etapa de tu vida. Sabemos que este paso es fundamental en tu carrera profesional, y estamos aquí para asegurarnos de que esta transición sea lo más satisfactoria posible.

Requisitos

Para acceder a la Jubilación Ordinaria se debe contar con los siguientes requisitos:

  1. Ser afiliado activo al momento de la solicitud.
  2. Tener 65 años de edad.
  3. Contar con 30 años de aportes.
  4. Haber cancelado la matrícula profesional.
  5. No tener deuda previsional.

En caso de no reunir los requisitos

Si no cumplís con los requisitos de aportes o edad, tenemos opciones para que aún puedas obtener tu Jubilación:

  • Se puede compensar 1 año de aporte con 2 años de edad que se excedan del mínimo (Art. 22).
  • Se puede compensar 1 año de edad con 2 años de aporte que se excedan del mínimo (Art. 22).
  • Además, al determinar los años de aporte se consideran como año entero a cualquier fracción mayor a 6 meses (Art. 50).

Monto

Art. 34 – El monto de la jubilación ordinaria estará integrado por los siguientes rubros:

  • a) Suma Fija Mensual: El monto será el que corresponde a la categoría “D” según la escala del art. 35.

 

  • b) Adicional Excedente – Art. 36: El monto a percibir corresponde a la participación del adicional proveniente de la distribución del excedente del ejercicio económico, conforme a la cantidad de puntos acumulados a lo largo del ejercicio profesional. Se liquida en 4 pagos mensuales consecutivos, de septiembre a diciembre de cada año.-

 Art. 37:
. Subsidio Única Prestación: Es un incremento para aquellos jubilados y pensionados que tengan como única prestación previsional la de nuestra Caja.

El pago de este subsidio depende de la disponibilidad de excedente al cierre de cada ejercicio y según lo disponga el H. Directorio. A la fecha el monto es de: $ 30.000,00.-

Compatibilidades

La Jubilación Ordinaria es compatible con cualquier otro beneficio previsional, de cualquier otro régimen a nivel provincial, nacional, y entre diversas provincias (Art. 56).

Incompatibilidades

El otorgamiento de jubilación ordinaria apareja la INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA con el ejercicio profesional, salvo en causa propia, sea por sí o por interpósita persona, tanto en lo que hace a la actuación en litigo como de asesoramiento, bajo apercibimiento de PÉRDIDA DEFINITIVA DE LA JUBILACIÓN.

El subsidio por única prestación, art.37, es incompatible con cualquier otro beneficio previsional.

Documentación

  1. Formulario de solicitud del beneficio.
    Inicio de trámite.-
  1. Fotocopia del DNI.
    Frente y Dorso.-
  1. Certificado de Inscripción en la S.C.J. de Mza. con fecha de alta e interrupciones de la matrícula.
    + OFICINA DE PROFESIONALES S.C.J. de MZA.: Poder Judicial de Mendoza – Planta Baja, Ala Norte, Oficina 12, 13 y 14.-
  1. Certificado de Cargos en la S.C.J. de Mza. con la situación completa (fecha de alta y baja).
    + OFICINA DE R.R.H.H. S.C.J. de MZA.: Vía mail: novedadesrrhh@jus.mendoza.gov.ar.-
  1. Cancelación Matrícula Provincial.
    Posterior al cumplimiento de los requisitos de edad (65) y servicios (30) requeridos.-
  1. Cancelación Matrícula Federal.
    +CAMARA FEDERAL DE APELACIONES: Av. España 483, 1er. Piso / VÍA MAIL: superintendencia@pjm.gov.ar
  1. Listado de juicios con aportes pendientes de pago a la Caja.
    Planilla Excel en formato Impreso y digital – Mail: mentradacfmza@gmail.com
  1. Libre deuda.
    Cancelación de deuda previsional.-
  1. Certificado negativo de ANSES.
    https://servicioswww.anses.gob.ar/censite/index.aspx
  1. Declaración Jurada descuentos.
    Descuentos ADI – RAM –
  1. Declaración Jurada de afiliación a OSEP.
    Copia Credencial ó bono con el descuento correspondiente.-
  1. Declaración Jurada para el cobro del subsidio por única prestación – Art.37
    El Beneficiario deberá dar aviso apenas “inicié” el trámite para obtener otro beneficio previsional.-
  1. Formulario 572 – Informe impuesto a las ganancias
    Web AFIP : CUIT Caja Forense: 30-99921051/8 ó Declaración del afiliado donde se compromete a presentar el formulario cuando corresponda.-
  1. Constancia de CBU certificada – Caja de Ahorro en pesos.
    Debe detallar: 1) Nº de Caja de Ahorro – 2) Nº de C.B.U. – 3) Nombre y DNI del titular.

Cómo se realiza el trámite

  1. Reuní toda la documentación en formato original y copia.-
  2. Acércate, SIN turno previo!, a una de nuestras sedes.-

Presenta la documentación y deja que nuestro equipo te guíe a lo largo del proceso. Contacto para mayor información:

Teléfono: 261 423-6869  /  Mail: mentradas@cfm.org.ar

Quiénes pueden solicitarlo

  1. El profesional interesado.-
  2. Representante con poder certificado por escribano.-